Resumen:
La presente investigación pretende aportar elementos para determinar la ilegalidad en casos en los cuales se hace uso de la tercerización e intermediación laboral. En tal sentido, se realizan algunas precisiones terminológicas y conceptuales para clarificar la discusión a lo largo del texto debido a la inexistencia de un consenso en materia de externalización laboral; igualmente se presenta un análisis desde la sociología del trabajo, las teorías administrativas y del mercado que conforman lo llamado actividades misionales permanentes; finalmente se realiza un análisis de la jurisprudencia de altas Cortes y la doctrina de la OIT y se decantan un conjunto de indicadores y criterios para sustentar la ilegalidad de las relaciones laborales directas y tercerizadas cuando encubren o disfrazan una verdadera relación laboral directa.