Descripción:
A pesar de la positiva intervención normativaperuana en el ámbito del derecho a ladesconexión digital regulado en la modalidaddel trabajo remoto y en el nuevo marconormativo del teletrabajo a través del Decretode Urgencia 127-2020, del Decreto Supremo004-2021-TR y del Proyecto de Ley 5408/2020-CR, se advierten, no obstante, algunasdeficiencias en cuanto a la configuración delcontenido del derecho en referencia. En eseescenario y desde una perspectiva crítica, seestudia el derecho a la desconexión digitalbajo el propósito de mejorar los dispositivosprecitados, en suficiencia para el tercero y enclaridad para el segundo. El resultado de lainvestigación formula, respecto del Proyectode Ley 5408/2020-CR, un deber de garantíaa cargo del empleador encaminado a asegurarel ejercicio efectivo de la desconexión digital,en tanto que para el Decreto Supremo 004-2021-TR se postula un uso empresarialrazonable de tales herramientas tecnológicasfuera de la jornada de trabajo conciliandoel uso empresarial extra jornada de lasNuevas Tecnologías de la Información y lasComunicaciones [NTICs] a efectos laborales yel deber de garantía de la desconexión digital.En lo metodológico, la investigación de enfoquecualitativo y método teórico fundamentado enel estudio sistemático de la cuestión incluyóel de la doctrina pertinente al caso y el de lanormativa nacional; luego, una vez alcanzadala saturación del estudio de las deficiencias enla normativa nacional antes señaladas, se llegóa la emergencia de las propuestas de suficienciay conciliación, debidamente fundamentadas enlos datos analizados.