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Límites a la prisión preventiva oficiosa y su constitucionalidad

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dc.contributor González Ruíz, Isaac
dc.contributor González Ruíz, Isaac
dc.creator Cruz Vargas, Nancy Karen
dc.date 2022-05-23T22:41:35Z
dc.date 2022-05-23T22:41:35Z
dc.date 2021-06-07
dc.date.accessioned 2023-03-16T20:30:44Z
dc.date.available 2023-03-16T20:30:44Z
dc.identifier http://hdl.handle.net/11191/8824
dc.identifier https://doi.org/10.24275/uama.8819.8824
dc.identifier.uri https://biblioteca-repositorio.clacso.edu.ar/handle/CLACSO/196966
dc.description 148 páginas. Maestría en Derecho.
dc.description Para el Estado mexicano la figura de la prisión preventiva tiene una característica de tipo preventivo porque tiene el objeto asegurar la presencia del procesado, evitando que se fugue ante la concreta e inminente amenaza de la pena privativa de la libertad mediante la sentencia. Esa es la función originaria de la prisión preventiva, la cual no debe excederse ni cambiar su naturaleza por cuestiones de la implementación de una política criminal alejada de solucionar los conflictos sociales, en donde la prisión preventiva es una figura jurídica que genera ficción social de impartición de justicia, haciendo creer que la imposición automática es sinónimo de “culpabilidad”. Con lo anterior mencionado podemos darnos cuenta que el Estado al tener a su cargo el ejercicio del poder, debe de asegurar las condiciones en el ámbito social que permitan su acción, allegándose de elementos que le permitan alear los peligros de cualquier ataque que genere ese estado ideal o status quo. El control social siempre estará destinado a crear condiciones que predeterminen las conductas de la sociedad en la que se aplica por parte del Estado. El control social tiene como propósito mantener a los grupos sociales dentro de un orden formalmente aceptado y así lograr que se respeten las normativas básicas que contribuyan a generar organización y número mínimo de conflictivos para el Estado. Uno de los instrumentos para el ejercicio del control social es la aplicación del Derecho, en especial del Derecho Penal, la cual, de una manera institucionalizada, hace formal la aplicación de esos instrumentos. Dentro del Derecho penal existe la figura de la prisión preventiva, que más allá de las finalidades establecidas en el marco jurídico penal, tienen la de establecer parámetros para las conductas a realizar dentro de la sociedad. La prisión preventiva es empleada como un mecanismo destinado a sancionar a los individuos de una sociedad, respecto a las conductas que coloquen en riesgo el status quo imprescindible que requieren los Estados para el ejercicio del poder, utilizándose como un instrumento para la solución a este problema social en específico.
dc.format pdf
dc.format Born digital
dc.format application/pdf
dc.language spa
dc.publisher Universidad Autónoma Metropolitana (México). Unidad Azcapotzalco. Coordinación de Servicios de Información.
dc.rights Atribución-NoComercial-SinDerivadas
dc.rights http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0
dc.rights openAccess
dc.subject CIENCIAS SOCIALES::CIENCIAS JURÍDICAS Y DERECHO::DERECHO Y LEGISLACIÓN NACIONALES::DERECHO PENAL
dc.subject KGF5852
dc.subject Preventive detention--Mexico.
dc.subject Provisional remedies--Mexico.
dc.subject Procedimiento penal.
dc.title Límites a la prisión preventiva oficiosa y su constitucionalidad
dc.type Trabajo de grado, maestría


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