Red de Bibliotecas Virtuales de Ciencias Sociales en
América Latina y el Caribe

logo CLACSO

Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem: https://biblioteca-repositorio.clacso.edu.ar/handle/CLACSO/114116
Registro completo de metadatos
Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.creatorLoris De Nardi-
dc.date2021-
dc.date.accessioned2022-03-23T17:47:42Z-
dc.date.available2022-03-23T17:47:42Z-
dc.identifierhttp://www.redalyc.org/articulo.oa?id=62869042017-
dc.identifier.urihttp://biblioteca-repositorio.clacso.edu.ar/handle/CLACSO/114116-
dc.descriptionDesde las fuentes romanas, recibidas en el Corpus Iuris Civilis, hasta llegar a las codificaciones decimonónicas, el caso fortuito resultó central tanto en el derecho público que en el privado. El estudio de las recopilaciones castellanas e indiana y del Capítulo XIX de los Comentarios a las ordenanzas de minas, publicados por Francisco Xavier de Gamboa, en 1761, permitirá subrayar como en el ordenamiento indiano, aún en las últimas décadas del siglo XVIII, se recurriera exclusivamente a las Siete Partidas para disciplinar esta importante categoría jurídica.-
dc.formatapplication/pdf-
dc.languagees-
dc.publisherUniversidad Autónoma de la Ciudad de México-
dc.relationhttp://www.redalyc.org/revista.oa?id=628-
dc.rightsAndamios-
dc.sourceAndamios (México) Num.45 Vol.18-
dc.subjectMultidisciplinarias (Ciencias Sociales)-
dc.subjectCaso fortuito-
dc.subjectsiete partidas-
dc.subjectderecho indiano-
dc.subjectsiglo XVIII-
dc.subjectderecho minero-
dc.titleAlgunas consideraciones sobre la disciplina del caso fortuito en el ordenamiento indiano-
dc.typeartículo científico-
Aparece en las colecciones: Universidad Autónoma de la Ciudad de México - UACM - Cosecha

Ficheros en este ítem:
No hay ficheros asociados a este ítem.


Los ítems de DSpace están protegidos por copyright, con todos los derechos reservados, a menos que se indique lo contrario.